Trámites

Información para orientarte antes de realizar una gestión ante la Comuna. En esta etapa, el portal informa pero no inicia trámites en línea.

Catastro y Visados

Inmuebles, mensuras, subdivisiones, visados y presentaciones catastrales.

Cementerio

Gestiones vinculadas con el Cementerio Comunal.

Tributos

Orientación sobre cuestiones tributarias comunales.

Servicios

Información sobre servicios comunales documentados.

Mesa de Entrada

Recepción y orientación para presentaciones y consultas administrativas.

Inscripción como Proveedor

Información para quienes deseen inscribirse como proveedores de la Comuna.

Trámites · Catastro y Visados

Catastro y visado de planos

Área responsableCatastro y Registro Parcelario Comunal
DependenciaSecretaría Comunal

La Comuna de Jubileo cuenta con un régimen propio de intervención administrativa en actuaciones catastrales, conforme a la normativa comunal vigente.

El Área de Catastro y Registro Parcelario Comunal interviene en presentaciones vinculadas con inmuebles, mensuras, subdivisiones, verificaciones del estado parcelario y otras actuaciones que requieran intervención comunal.

1. ¿Qué es el visado comunal?

Es una intervención administrativa de control formal y territorial sobre documentación catastral correspondiente a inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción comunal.

El visado permite verificar el cumplimiento de las disposiciones locales aplicables, sin sustituir las verificaciones técnicas de la Dirección General de Catastro de Entre Ríos ni las inscripciones registrales que correspondan.

2. ¿Qué documentación se necesita?

Para las actuaciones comprendidas en el régimen de mensura y subdivisión, el artículo 8 de la Ordenanza N.º 126/2025 contempla:

  • Plano técnico suscripto por profesional agrimensor matriculado, en los soportes exigidos.
  • Constancia de dominio actualizada.
  • Ficha para Transferencia, cuando corresponda.
  • Constancia de citación de linderos, cuando corresponda.
  • Documentación adicional que resulte exigible según las particularidades de la actuación.

Importante: los requisitos se determinan según el tipo de trámite. No todas las actuaciones catastrales requieren idéntica documentación.

3. ¿Cómo se realiza?

  1. Presentación: el interesado o profesional interviniente presenta la documentación correspondiente ante la Comuna.
  2. Evaluación: el Área de Catastro y Registro Parcelario verifica los requisitos administrativos, formales y territoriales aplicables.
  3. Resolución: cuando corresponde otorgar un visado, se instrumenta mediante el acto administrativo respectivo.
  4. Registro: la actuación se incorpora a los registros comunales correspondientes.
  5. Continuación: el interesado podrá proseguir las gestiones ante los organismos provinciales competentes, según la naturaleza del trámite.

4. Plazos

Conforme al artículo 9 de la Ordenanza N.º 126/2025:

  • Plazo ordinario de cinco días hábiles, con documentación completa.
  • Posibilidad de una prórroga de hasta tres días hábiles adicionales.
  • Plazo de diez días hábiles para subsanar observaciones.

El transcurso del plazo no implica, por sí solo, otorgamiento del visado.

5. Tasa de visado

La Ordenanza General Impositiva para el ejercicio 2026, N.º 131/2025, establece una tasa de 8 unidades fiscales (UF).

El importe en pesos se determina conforme al valor de la unidad fiscal aplicable a la liquidación correspondiente.

Para conocer el importe actualizado y las modalidades de pago, consultar con el Área de Ingresos Públicos.

6. Otras intervenciones catastrales

No todas las presentaciones requieren el otorgamiento de un visado de planos.

Determinadas actuaciones de carácter declarativo pueden requerir únicamente recepción, intervención administrativa o toma de razón por parte de la Comuna, conforme a su naturaleza.

La intervención comunal no reemplaza las atribuciones de ATER ni de la Dirección General de Catastro de Entre Ríos.

7. Normativa relacionada

  • Ordenanza N.º 103/2024 — Plan de Ordenamiento Territorial.
  • Ordenanza N.º 121/2025 — Catastro y Registro Parcelario Comunal.
  • Ordenanza N.º 126/2025 — Régimen Integral de Subdivisión y Visado de Planos.
  • Ordenanza N.º 131/2025 — Ordenanza General Impositiva 2026.
Consultar Normativa →

8. Consultas

Comuna de Jubileo
Atahualpa Yupanqui – Estación Ferrocarril.
Jubileo, Entre Ríos.

Para obtener orientación sobre presentaciones catastrales, documentación y tasas, comunicarse con la administración comunal.

comunadejubileo@gmail.com